domingo, 7 de septiembre de 2014

Poderes terrenales (Anthony Burgess)



Durante el Risorgimento, los estados papales, que era ricos territorios seculares que abarcaban una diecisiete mil millas cuadradas, que incluían toda la ciudad de Roma, mucho terreno al norte del Tíber, mucho al sur del Po, campiña, río y poblaciones que se extendían del mar Tirreno al Adriático, siendo el número de súbditos papales de más de tres millones, fueron arrebatados al Santo Padre violentamente por las fuerzas de la reforma. El nuevo régimen de Mussolini, que necesitaba, si no el apoyo explícito de la Iglesia, al menos un silencio que pudiera considerarse complicidad, ofreció las condiciones para un acuerdo que compensase la pérdida del poder temporal de la Iglesia. El Acuerdo Lateranense, con el reconocimiento previo de la Ciudad del Vaticano como un estado soberano independiente. Tres basílicas (San Giovanni Laterano, Santa Maria Maggiore y San Paolo) y todos sus edificios subsidiarios, se declararon extraterritoriales y quedaron exentos de tasas de Estado. Lo mismo se aplicó a la residencia de verano del Papa en Castel Gandolfo, así como una serie de edificios situados dentro de la ciudad de Roma. El Vaticano reconoció a cambio la existencia del Estado Italiano y la ocupación secular permanente de lo que aún se denominaba, inapropiadamente, la Ciudad Santa. Pero el acuerdo insistía en que, aunque el Estado no interviniese en los asuntos de la Iglesia. El derecho canónico de ésta prevalecía, en algunos casos sobre la ley civil. Así, el Estado no podía conceder el divorcio, y si te casabas por la Iglesia nada te exigían ya las autoridades civiles.

Anthony Burgess. Poderes terrenales. Argos Vergara, 1982.

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